jueves, 22 de octubre de 2015

                                   proposiciones

Juicio

(del latín, iudicium, acción judicial, proceso) 
Acto por el que el intelecto afirma que un sujeto pertenece (o no) a un predicado dando lugar a una frase capaz de ser verdadera o falsa. 
La lógica tradicional considera como formas o productos del pensamiento a los términos, los juicios y los argumentos.
Los términos tienen sentido (su sentido está constituido, como decíamos, por todas aquellas notas que forman parte de su comprensión, que están implícitas en su propio significado) y pueden ser considerados, por tanto, como elementos categoremáticos (del griego: categoría, acusación). Con su ayuda se puede "acusar" a algo de poseer o no una propiedad, pero su sola mención no constituye ninguna acusación, al menos hasta que no aparezca en un juicio.
El juicio es una forma más compleja del pensamiento, concretamente aquella mediante la cual se dice algo de algo o se atribuye algo a algo, o bien se expresa una relación entre dos o más o determinaciones. Un juicio se expresa mediante un enunciado o proposición, mientras que una determinacion se expresa con un término, y la argumentación por el razonamiento. 
A los dos términos del juicio, del enunciado o de la proposición, se los denomina, al menos desde Aristóteles, sujeto y predicado. Entre ellos se afirma o niega una relación de identidad, por medio de la cópula «es». Esta relación puede esquematizarse como «S es P». El término sujeto (S) indica la clase o conjunto de cosas de las que se afirma algo, y el término predicado (P), aquello que el enunciado afirma del sujeto. Ambos términos se unen mediante el verbo que recibe el nombre de «cópula»; en su forma estándar, la cópula es el verbo ser
Afirmar o negar el sujeto del predicado es incluir la determinación que aparece en el sujeto en la del predicado. Al decir «los moluscos son animales», se dice que "molusco" es una especie (próxima o remota) de "animal" , o que al sujeto "molusco" le conviene el predicado "animal", puesto que las características del sujeto son características de un conjunto de cosas más amplio representado por el predicado.
Este tipo de juicios se denominan juicios categóricos y las proposiciones que los expresan son las proposiciones categóricas.

Tipos de proposiciones categóricas

Además del sujeto y predicado, que son términos categoremáticos, y del verbo, en un enunciado categórico puede haber términos sincategoremáticos, que precisan el tipo de relación que se establece entre sujeto y predicado. De ellos depende la cualidad y la cantidad del enunciado.

Los enunciados son, según la cantidad, universales o particulares

El enunciado universal afirma un predicado de toda la clase nombrada por el sujeto. El particular, de parte sólo de la clase.  
Sin embargo, es importante tener en cuenta que aquello de lo que se habla es, en todo momento, de la clase misma. Los juicios universales versan sobre características esenciales para definir esa clase y que, por tanto, todos sus miembros han de poseer ("todo humano es animal"), y los particulares de propiedades que no son incompatibles (contradictorias) con las anteriores, pero que tampoco son necesarias o esenciales, sino que pueden ser o no poseídas por los miembros de la clase ("algún humano es concejal").

Las proposiciones categóricas son también, según la cualidad, afirmativas o negativas. 

La proposición afirmativa afirma el predicado de toda la clase o de parte de la misma nombrada por el sujeto.
La negativa, niega que el predicado convenga a toda la clase o a parte de la clase nombrada por el sujeto.

Universal afirmativa: Todo S es P
Universal negativa: Ningún S es P
Particular afirmativa: Algún S es P
Particular negativa: Algún S no es P

Cuadro de oposiciones

En función de la cantidad y cualidad de los juicios categóricos se pueden determinar ciertas relaciones de inferencia inmediata existentes entre ellos. 

Llamando «A» a los enunciados universales afirmativos, «I» a los particulares afirmativos, «E», a los universales negativos, y «O» a los particulares negativos (a partir de las vocales incluídas, respectivamente, en las palabras latinas affirmo y nego), se puede trazar el siguiente diagrama:

Cuadrado de Boecio

En donde los contrarios son A y E; los contradictorios A y O, E e I; los subcontrarios I y O, y donde entre A e I, y entre E y O se establece una relación desubalternancia o subordinación.

Esto implica que :

Dos enunciados contrarios no pueden ser ambos verdaderos a la vez, aunque pueden ser ambos falsos. 

Dos enunciados contradictorios no pueden ser ambos verdaderos ni ambos falsos; si uno es verdadero, el otro es falso, y viceversa. 

Dos enunciados subcontrarios no pueden ser ambos falsos a la vez, pero pueden ser ambos verdaderos. 

En una subalternancia, el juicio subordinado se puede deducir válidamente del subordinante, pero no a la inversa, de modo que si A es verdadero, I también lo es, y si E es verdadero, O también lo es.

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